Derecho Real de Conservación

El Derecho Real de Conservación (DRC) es una herramienta legal que busca promover la participación del sector privado en la conservación del patrimonio ambiental de Chile. Por medio de esta ley, promulgada en 2016, propietarios privados puedan proteger y conservar el valor ecológico y/o cultural de sus terrenos, de ciertos atributos o funciones de este.

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El DRC se traduce en un contrato entre un propietario de tierras y una entidad (que puede ser una Organización Garante de Conservación o Land Trust), la que se transforma en el titular del acuerdo. Así, el propietario de un predio constituye voluntariamente un acuerdo y se establecen ciertas condiciones o restricciones a los bienes inmuebles para promover la conservación de su patrimonio ambiental. El DRC se firma por ambas partes y se registra en el Conservador de Bienes Raíces.

Con el fin de promover las buenas prácticas para la implementación del DRC, Fundación Tierra Austral junto a Así Conserva Chile, crearon un set de estándares para la conservación privada en Chile.

Descarga la versión abreviada de los Estándares para la conservación privada en Chile.

Por medio de este acuerdo, el predio continúa siendo del propietario y a la vez es protegido de manera permanente o por el periodo de tiempo acordado entre las partes. Además, los acuerdos se redactan para ser flexibles, y en muchos casos se adaptan para permitir usos sostenibles de la tierra, como silvicultura, agricultura y turismo. El DRC permite, si así se desea, involucrar a una variedad de actores en la conservación del territorio, lo que antes era inconcebible legalmente, creando nuevas formas de participación, cooperación, y regulación.

  • Flexibilidad
  • El propietario sigue siendo dueño
  • Actores directos de conservación
  • Legado y bien común

Algunos ejemplos son:

  • En propiedades destinadas totalmente a conservación
  • En áreas destinadas a proyectos de conservación que permitan cierto grado de desarrollo inmobiliario limitado
  • En áreas con proyectos de conservación asociados a proyectos de energía renovable
  • En áreas para conservación que permitan algunas actividades compatibles con la conservación como la agricultura sustentable
  • En áreas privadas que conectan áreas protegidas públicas
  • En áreas en las que se implementen proyectos de compensación ambiental